En cumplimiento a lo dispuesto en la fracción XX del artículo 115 de la Ley General de Educación, 6, Fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y al Oficio No.: 181 de la Subsecretaría de Educación Media Superior, por el cual se emitieron los “LINEAMIENTOS CONFORME A LOS CUALES LOS DIRECTORES DE LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, DEBERÁN RENDIR EL INFORME DE SUS ACTIVIDADES Y RENDICIÓN DE CUENTAS”.
El Director del Plantel presentó a alumnos, padres de familia, autoridades locales, empresarios y miembros de la comunidad en general, el: En dicho informe, se abordarán temas específicos para dar una panorámica más detallada de aspectos primordiales para la Educación Media Superior a la comunidad educativa, y sociedad en general, tales como: Situación académica, Personal docente, directivo y administrativo; Gestión financiera y administrativa, y Infraestructura, equipamiento y conectividad.